PRISIÓN EFECTIVA PARA UN HOMBRE EN UNA CAUSA POR ABUSO SEXUAL SIMPLE

Los integrantes de la Cámara Penal Nº 2 de la Segunda Circunscripción Judicial dieron lectura al veredicto en una causa donde se investigaron abusos sexuales intrafamiliares, denunciados en el 2008 en Villa Mercedes.

La Cámara Penal Nº 2 de la Segunda Circunscripción Judicial condenó hoy a un hombre a sufrir la pena de  8 años y 2 meses de prisión tras encontrarlo culpable de los delitos de: abuso sexual simple agravado por la situación de convivencia  (un hecho) y abuso sexual simple agravado por haber sido cometido por un ascendiente (padre) continuado (dos hechos).

Los hechos fueron denunciados en el 2008 en la Comisaría 31 de Villa Mercedes, por la mamá de las víctimas. El imputado, quien estaba en pareja con la denunciante, atacó a tres niños: dos de ellos, sus hijos biológicos y una niña, hija de la mujer con la quien convivía.

El tribunal declaró al imputado penalmente responsable de los delitos previstos y penados por el  artículo 119  primer y último párrafo con respecto al inciso f del Código Penal Argentino (abuso sexual simple agravado por la situación de convivencia) y del artículo 119 primer y último párrafo con respecto al inciso b (abuso sexual simple agravado por haber sido cometido por un ascendiente, padre), todo ello en concurso real.

La lectura del veredicto se realizó hoy minutos después de las 12 horas. El jueves pasado el tribunal había recepcionado los alegatos de las partes.

En la sala de juicios estuvieron presentes el tribunal – integrado por las Dras.  María Silvia del Castillo de Insúa y Daniela Estrada y por el Dr. Anibal Astudillo- el secretario de Cámara, Dr. José Domínguez Molto, la defensora de niñez, adolescencia e incapaces Nº 2, Dra. Yésica Agüero; el fiscal de Cámara; Dr. Ernesto Lutens, el imputado y sus abogados defensores, Ariel Becerra y Hugo Videla.

A continuación, se transcribe la parte resolutiva del veredicto:

“Villa Mercedes (San Luis), veintinueve de Noviembre del dos mil veintiuno.

Y VISTO: En mérito al resultado obtenido en la votación del Acuerdo que antecede y lo dispuesto por el art. 355 y siguientes del Código de Procedimientos Penal, SE RESUELVE: 1.-) RECHAZAR LA NULIDAD articulada por la Defensa del Acusado. 2.-) DECLARAR a (…) de datos personales obrantes en autos como autor penalmente responsable de los delitos de ABUSO SEXUAL SIMPLE AGRAVADO POR LA SITUACION DE CONVIVENCIA UN HECHO previsto y penado por el Art. 119, primer y último párrafo, con respecto al Inc. F del Código Penal en perjuicio de (…) , y del delito de ABUSO SEXUAL SIMPLE AGRAVADO POR HABER SIDO COMETIDO POR UN ASCENDIENTE (PADRE) CONTINUADO DOS HECHOS, previsto en el Art. 119, primer y último párrafo, con respecto al Inc. B, todo ello en concurso real, Art. 55 del Código Penal en perjuicio de los menores (…) y condenarlo a sufrir la pena de OCHO AÑOS Y DOS MESES de prisión, accesorias legales y costas procesales. 3) Comuníquese a las víctimas (…) , y a los (…) , éstos últimos por intermedio de su representante legal y denunciante (…) (progenitora), en los términos de la ley 27.372. 4) Comuníquese al Registro Nacional de Reincidencia, practíquese cómputo de pena por Secretaría y remítanse las actuaciones pertinentes al Juzgado de Sentencia para que asuma la correspondiente ejecución de pena. Protocolícese, hágase saber y cúmplase.- FDO. DRES. ANÍBAL ATILIO ASTUDILLO – DANIELA ESTRADA – MARIA SILVIA DEL CASTILLO DE INSÚA – CAMARISTAS, ANTE MI DR. JOSE ANTONIO DOMINGUEZ MOLTÓ SECRETARIO”.

 

Por tratarse de un delito en perjuicio de una persona menor de 18 años, no se consignan los datos identificatorios de las partes a fin de preservar el derecho a la intimidad, privacidad y confidencialidad de la víctima (Art.22 Ley 26.061)

Para conocer más sobre este caso ingrese a los siguientes enlaces:

https://www.periodicojudicial.gov.ar/abuso-sexual-intrafamiliar-etapa-de-alegatos/

https://www.periodicojudicial.gov.ar/juzgan-a-un-hombre-por-abusos-intrafamiliares/

 

Prensa Judicial Villa Mercedes

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